Seguros de Decesos
La tranquilidad de dejarlo todo resuelto cuando más importa
Un seguro para evitar a tu familia gastos, gestiones y decisiones difíciles en un momento emocionalmente muy delicado. Este seguro ofrece el servicio fúnebre y, además, puede incorporar asistencia, traslados, trámites y servicios complementarios pensados para acompañar a los tuyos cuando más lo necesitan.
¿Qué protege este seguro?
Pero, ¿realmente necesitas un seguro de decesos?
La realidad es bastante simple: cuando fallece una persona cercana, la familia no solo se enfrenta al golpe emocional. También aparecen decisiones urgentes, trámites administrativos, coordinación con funeraria, documentación y un coste económico que conviene no improvisar.
Por eso, contratar un seguro de decesos no es solo una cuestión de previsión. Es una forma de dejar resuelto de antemano algo que, llegado el momento, conviene tener bien organizado. Este tipo de seguro ayuda a cubrir el servicio funerario, evita desembolsos inesperados y puede incluir coberturas de apoyo como asistencia, traslados y ayuda con trámites, para que los tuyos no tengan que ocuparse de todo cuando menos fuerzas van a tener.
Prever ahora para no cargar a los tuyos después
Un seguro de decesos no cambia lo emocional, pero sí puede evitar muchos problemas prácticos. Y eso, en una situación así, vale muchísimo. No se trata solo de cubrir un sepelio: se trata de proteger a tu familia, ahorrarles preocupaciones y asegurarte de que, cuando llegue ese momento, todo esté más claro, más ordenado y mucho más acompañado.
Principales coberturas del seguro de decesos
Servicio funerario completo
Garantiza la prestación del servicio fúnebre cuando fallece una persona asegurada. Y si ese servicio no pudiera llevarse a cabo por causa de fuerza mayor, el seguro resarce los gastos ocasionados hasta el límite del capital contratado.
Gestión y ayuda en los trámites
Servicio específico de trámites certificados, últimas voluntades, consultas sobre pensiones, prestaciones o herencias) y consulta telefónica para acompañar a la familia en ese proceso y hacerlo bastante más llevadero.
Asistencia y traslados 24/365
Una cobertura especialmente útil para quienes se mueven, viajan o quieren esa tranquilidad extra también fuera de casa.
Servicios médico-asistenciales y telemedicina
Este seguro puede ir mucho más allá del momento del fallecimiento, incorpora orientación telefónica de salud, acceso a cuadros médicos y centros concertados, y un servicio de telemedicina con videollamada de medicina general 24 horas y chat con distintas especialidades.
Coberturas opcionales para ampliar la protección
La póliza puede complementarse con garantías como accidentes, hospitalización o parto. Así, el seguro no se queda solo en la previsión del sepelio, sino que se convierte en una solución más completa para la protección familiar.
Mucho más que un seguro para el final
Hay seguros que solo piensas en ellos cuando toca usarlos. Este no tiene por qué ser así. Con una modalidad bien planteada, el seguro de decesos puede acompañarte también en vida con servicios útiles y cotidianos:
- Asistencia y traslados en España y en el extranjero.
- Telemedicina y orientación médica.
- Consulta legal y ayuda en trámites.
- Acceso a servicios médicos concertados.
- Estructura pensada para proteger a la familia con más orden y menos sobresaltos.
En otras palabras: no se trata solo de cubrir un sepelio. Se trata de contratar una protección familiar que tiene sentido antes, durante y después de los momentos complicados.
¿Por qué contratar el Seguro de Decesos?
Porque evita cargas
Tus familiares no tendrán que afrontar solos la organización y el coste del servicio funerario en uno de los peores momentos posibles.Porque aporta orden
Cuando todo se vuelve urgente, tener previsto el servicio, los trámites y la asistencia marca una diferencia enorme.Porque protege a la familia
Es una decisión de previsión, sí, pero sobre todo es una forma de cuidar a los tuyos cuando tú ya no vas a poder hacerlo directamente.Porque puede darte más servicios
Asistencia en viaje, telemedicina, orientación médica, trámites y coberturas opcionales convierten esta póliza en algo más completo que el seguro de decesos tradicional.Porque da tranquilidad
No elimina el dolor, claro. Pero sí evita añadir problemas económicos y burocráticos cuando la familia ya tiene bastante con lo emocional.Lo que dicen nuestros clientes
Preguntas Frecuentes
La cobertura principal garantiza el servicio fúnebre contratado al fallecimiento de cada asegurado. Si no pudiera prestarse por causa de fuerza mayor, la aseguradora resarce los gastos hasta el límite de la suma asegurada. Además, según modalidad, puede incluir asistencia y traslados, trámites, servicios médico-asistenciales, telemedicina y coberturas opcionales.
Sí. Con carácter general, las garantías no son aplicables hasta que transcurren veinte días desde la entrada en vigor del seguro. Ese plazo no se aplica si el fallecimiento se produce por accidente, en cuyo caso la cobertura toma efecto desde la entrada en vigor de la póliza.
Sí. Este tipo de seguro está pensado precisamente para asegurar a varios miembros de la familia dentro de la misma póliza, siempre que figuren como asegurados en las condiciones particulares.
La póliza prevé la prestación del servicio conforme a las modalidades existentes en el lugar del fallecimiento, con un coste equivalente al contratado. Además, la garantía complementaria de asistencia y traslados cubre el traslado nacional e internacional en caso de fallecimiento, siempre dentro de las condiciones establecidas en el contrato.
La aseguradora garantiza la libre elección del prestador del servicio dentro de los límites y condiciones del contrato. Ahora bien, si los familiares desean inhumar al fallecido en un cementerio distinto al que le correspondería por residencia, los gastos extraordinarios que se generen por ello correrán por su cuenta.
Con carácter general, no son asegurables las personas que al solicitar el seguro tengan más de 70 años o padezcan una enfermedad grave, salvo que se haga constar expresamente en la póliza y se abone la sobreprima correspondiente.
Si el asegurado fallecido tuviera más de una póliza de decesos con la misma aseguradora, solo se reconocerían los derechos correspondientes a una de ellas, pudiendo elegir los causahabientes cuál aplicar. En los demás casos de concurrencia con otras aseguradoras, se aplicará lo previsto en el contrato y en la normativa correspondiente.